El Supremo investigará a Rita Barberá por blanquear fondos del PP de Valencia

El Tribunal Supremo ha resuelto abrir una investigación penal a la senadora del Partido Popular Rita Barberá por un presunto delito de blanqueo de capitales en su etapa de alcaldesa de Valencia. La Sala de lo Penal responde así afirmativamente a la propuesta elevada al Supremo el pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia y que fue respaldada por la Fiscalía.

En un auto del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, el Supremo destaca que lo descrito por el juez de Valencia en la exposición razonada remitida podría suponer un delito de blanqueo, por lo que resulta "imprescindible" continuar la investigación sobre los hechos y "sobre la participación en ellos de la persona aforada doña María Rita Barberá Nolla". El Código Penal castiga el blanqueo con penas de seis meses a seis años de prisión.

Según la exposición razonada, en el curso de una investigación sobre determinadas irregularidades en la contratación pública en el ámbito de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Valencia y de la Diputación Provincial, así como en el de la empresa pública Imelsa y la dependiente de la Generalitat valenciana CIEGSA, se tuvo conocimiento de una conversación telefónica según la cual se habría realizado un donativo mediante transferencia bancaria a una cuenta del Grupo Popular del Ayuntamiento, a cambio del que se habrían recibido, en efectivo, dos billetes de 500 euros.

En la conversación se hace referencia a la secretaria del Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento, Mari Carmen García Fuster, como la persona que habría entregado los billetes, y se citaba a Barberá, pero sin hacer respecto a ella ninguna imputación concreta. Se inició entonces una investigación que reveló que en una cuenta del Banco Sabadell a nombre del Grupo Municipal del PP en Valencia se habrían realizado determinadas aportaciones, por importe de 1.000 euros, por parte de 50 personas vinculadas al grupo y al partido, entre el 23 de marzo y el 16 de abril de 2015. Barberá estaba entre ellas.

Se comprobó también que en las cuentas bancarias origen de alguna de esas transferencias se habían recibido, en la misma fecha o en fechas inmediatas, cantidades en metálico o mediante traspaso de otras cuentas, por diez de las personas investigadas. Lo que investiga el juez es si, bajo la cobertura de esas aportaciones de 1.000 euros que todos los investigados reconocen haber efectuado, se oculta el afloramiento de un dinero en efectivo en poder de algún responsable o responsables del Grupo Popular. En particular, de la secretaria del Grupo, María del Carmen García-Fuster, que era la persona que operaba de facto con las cuentas bancarias. También se investiga el origen del dinero supuestamente blanqueado por los populares.

El auto del Supremo destaca que, en la exposición razonada del juez de Valencia, se señala sobre la implicación de Barberá en los hechos lo siguiente:
- "María Rita Barberá fue una más de las personas que reconocidamente efectuaron la aportación de 1.000 euros. Resultaría incoherente la llamada al resto de los aportantes en estas actuaciones como investigados y no llevar a cabo la presente exposición respecto de la senadora aforada".
- "María Rita Barberá ostentaba una efectiva posición como superiora jerárquica de la principal investigada, María del Carmen García Fuster, tanto por ser alcaldesa de Valencia en la fecha de los hechos investigados, como por ser la máxima responsable del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia, existiendo, además, una relación personal de estrecha confianza entre la aforada y la principal investigada, que desempeñaba las mismas funciones y atribuciones dentro del Grupo desde el año 1991 en que fue designada aquélla".

- "Las alegaciones efectuadas por la aforada no introducen en su relato hechos que, en relación y contraste con el resultado de lo instruido, permitan atribuir a los mismos una relevancia excluyente de su posible implicación".
El juez también recoge un dato favorable a Barberá, que no ha sido suficiente para frenar la intervención del Supremo: "Debe significarse sin embargo que, en sus declaraciones, ni las investigadas que han reconocido la recepción del dinero tras efectuar la aportación, ni los cuatro testigos que se negaron a efectuarla, testimonian una participación concreta, personal, de la aforada María Rita Barberá en la entrega del dinero, ni en la propuesta o indicación para que dicha entrega se llevara a cabo o se aceptara".

Como es habitual, el Supremo ha acordado limitar su investigación a la única aforada, Rita Barberá, mientras que el juez de Valencia seguirá al frente de las pesquisas que afecten al resto de investigados. En el Supremo, el encargado de dirigir la investigación será el ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido.

El auto dictado por el Supremo no supone aún la imputación formal de Barberá, decisión que está en manos del juez instructor. Será cuando Conde-Pumpido la llame a declarar cuando le otorgue la condición de "investigada" (nueva designación para las imputaciones). En todo caso, si Barberá renuncia a su acta de senadora perderá el aforamiento y dejará de estar en manos del Supremo, pasando a depender del juez de Valencia.

Todos los colaboradores imputados

La ex alcaldesa y senadora 'popular' está un paso más cerca del banquillo en esta pieza separada, con 47 personas imputadas más el PP como persona jurídica, en la que se investigan las donaciones con las que, presuntamente se financiaron las campañas electorales que perpetuaron a Rita en la alcaldía.
El escrito enviado por el juez de Valencia al Supremo reflejaba las sospechas de que los fondos opacos del partido estuvieran directamente relacionados con las campañas electorales. En cuanto a su origen, reconoce que el cobro de comisiones que se investiga es muy anterior a estos movimientos de dinero sospechosos, lo que hace difícil establecer la vinculación.
Aun así, el juez resalta que en la cuenta bancaria del Sabadell que controlaba directamente la secretaria del Grupo Popular aparecen anotaciones de ingresos bajo el concepto "CGP" y "CyA ", por un conjunto de más de 200.000 euros. Según la declaración judicial de la secretaria, corresponden a las iniciales de "colaboradores y allegados", sin querer dar datos del origen concreto del dinero ni la identidad de quien lo aportaba.

El juez explica al Supremo que considera "significativo" que, de esos ingresos, "en el año 2003 se recogen cinco de 11. 000 euros de enero a mayo. Y de noviembre de 2010 a mayo de 2011 cuatro de 29.000 euros y uno de 28.500. Ambos años eran años de convocatoria de elecciones municipales y autonómicas en mayo".

Fuente: ELMUNDO.ES